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  Prestación Ortoprotésica

Las prestaciones ortoprotésicas cubiertas por el Servicio Andaluz de Salud son las prótesis externas, órtesis, vehículos para inválidos y otros artículos comprendidos en el Catálogo General de Ortoprotésica. así como la reparación o sustitución parcial de los componentes deteriorados de productos anteriormente dispensados.

La prescripción de los productos deberá ser efectuada por el médico de asistencia especializada del SAS.

El beneficiario de esta prestación cuya residencia este fijada en la comunidad autónoma andaluza, no deberá abonar importe alguno por la misma. Será el SAS, a través de sus Hospitales el que dispensará o, en su caso, abonará al gabinete técnico dispensador los productos que hubieran sido correctamente facturados.

SI LA RECETA LA EXTIENDE UN MEDÍCO ESPECIALISTA

Una vez cumplimentada la receta debe seguir los siguientes pasos:

Tiene que acudir al Servicio de Atención al Usuario del Hospital, planta baja del área de Consultas Externas o a los Centros Periféricos de Especialidades de Sanlúcar o Villamartin.

Es imprescindible que acompañe a la receta, la tarjeta sanitaria y el DNI del paciente, sin este requisito es absolutamente imposible proceder al visado de la receta.

Solo podrán retirarse los productos en aquellos gabinetes ortoprotésicos que le facilitan en el Servicio de Atención al Usuario.

SI ES SU MEDICO DE ATENCIÓN PRIMARIA QUIEN SOLICITA LA PRESCRIPCIÓN

Serán los Enfermeros de Enlace de su Centro de Salud, los encargados de realizar los trámites para el visado de la receta.

SI LA PRESCRIPCIÓN LA REALIZAN EN UN CENTRO CONCERTADO

El Servicio de Atención al Usuario del Hospital le hará llegar a su domicilio, por correo certificado la receta visada y la relación de gabinete ortoprotésicos concertados con el Hospital

Última modificación de la web: 08/08/2011